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EL COMANDERO · BLOG

VERI*FACTU para bares y restaurantes: qué es y cómo prepararte

Si tienes un bar o un restaurante y emites tickets con un programa, puede que ya hayas oído hablar de VERI*FACTU. El Real Decreto 1007/2023 regula los requisitos de determinados sistemas informáticos de facturación. Aunque suele llamarse VERI*FACTU a toda esta normativa, ese nombre identifica una de sus modalidades. Aquí resumimos qué conviene revisar con tu proveedor y tu asesor.

Qué cambia en el programa de facturación

Los sistemas incluidos en la norma deben garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. Una corrección debe dejar el rastro correspondiente: no consiste en borrar una venta anterior sin más.

Los tickets, cuando son facturas simplificadas expedidas con estos sistemas, también están afectados. El QR incorpora datos de la factura. Su uso depende de la modalidad: en VERI*FACTU permite contrastar el registro remitido a la AEAT; en la otra modalidad permite al destinatario comunicar datos de la factura. Ver un QR no demuestra por sí solo que el programa haya enviado la factura a Hacienda.

¿Afecta a mi bar?

Depende de tu situación tributaria y de cómo facturas. La norma incluye, entre otros, determinados contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y personas que desarrollan actividades económicas en el IRPF cuando utilizan un sistema informático de facturación.

Existen exclusiones, como los contribuyentes que llevan sus libros de IVA mediante el Suministro Inmediato de Información (SII), y particularidades para ciertas operaciones. La aplicación territorial depende del domicilio fiscal y de las normas forales correspondientes. No basta con mirar dónde está el local: confirma tu caso con tu asesor.

Las dos modalidades

  1. VERI*FACTU: el sistema remite los registros de facturación a la AEAT de forma continuada y automática. Las facturas incluyen la mención correspondiente.
  2. Sin remisión continuada, o no VERI*FACTU: el sistema conserva los registros y cumple las garantías adicionales exigidas, incluidas la firma y el registro de eventos cuando proceden. No equivale a poder utilizar cualquier programa sin controles.

Pregunta qué modalidad ofrece tu proveedor, cómo se gestionan las incidencias de conexión y qué necesitas para utilizarla. VERI*FACTU y la factura electrónica entre empresas son obligaciones distintas: no des por hecho que comparten calendario.

Fechas comprobadas el 21 de octubre de 2026

En el texto consolidado del BOE consultado, la disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023 establece que los sistemas deben estar adaptados:

  • Antes del 1 de enero de 2027 para los obligados del artículo 3.1.a), contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades incluidos en su ámbito.
  • Antes del 1 de julio de 2027 para el resto de obligados del artículo 3.1 incluidos en su ámbito, entre ellos los autónomos afectados.

Son las fechas que recoge la norma consultada, con la modificación introducida por el Real Decreto-ley 15/2025. Una noticia o un anuncio no sustituye una modificación publicada en el BOE. Revisa de nuevo la norma antes de tomar una decisión y confirma si tu negocio está incluido.

Qué preguntar al proveedor de tu TPV

Pide las respuestas por escrito:

  1. ¿El sistema que vais a facilitarme cumple el reglamento? ¿Dónde puedo consultar su declaración responsable?
  2. ¿Funciona en modalidad VERI*FACTU, sin remisión continuada o en ambas?
  3. ¿Necesito actualizar, disponer de un certificado o cambiar algún equipo?
  4. ¿Qué coste tiene y cuándo estará disponible para mi cuenta?
  5. ¿Qué ocurre con los tickets y los registros si falla internet durante el servicio?

Una lista para preparar el cambio

  • Confirma con tu asesor si estás incluido y qué fecha te corresponde.
  • Guarda la respuesta y la documentación de tu proveedor.
  • Prueba la versión adaptada con tiempo y en un momento tranquilo.
  • Explica al equipo cómo emitir y corregir tickets y qué significa el QR.

La Ley General Tributaria, artículo 201 bis, contempla infracciones relacionadas con los sistemas informáticos de facturación. Sus condiciones y sanciones no se resumen correctamente como una multa automática por cualquier programa sin adaptar: consulta la aplicación a tu caso con tu asesor.

¿Y El Comandero?

Estamos preparando la adaptación de El Comandero a VERI*FACTU. Hoy todavía no la ofrecemos como disponible, y te informaremos por escrito antes de que sea obligatoria para tu negocio. Si tu fecha te preocupa, consúltalo con tu asesor y escríbenos.

Puedes solicitar una prueba de 15 días para conocer la gestión de sala, cocina y caja. Esa prueba no implica que la adaptación fiscal esté disponible.

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Información general; no sustituye el consejo de tu asesor fiscal. Fechas revisadas el 21 de octubre de 2026 en las fuentes oficiales enlazadas.